Asociación de Coaching Profesional

Ética

Código de Ética – Asociación de Coaching Profesional ACP

La Asociación de Coaching Profesional (ACP) se compromete a mantener e impulsar la excelencia en la práctica y formación del coaching. En coherencia con ello, se espera que todos los coaches miembros actúen con integridad, respeten los principios éticos, apliquen las 11 competencias del coach profesional ACP y fortalezcan la confianza de la sociedad en la profesión.

El Código de Ética ACP constituye un marco de referencia vinculante que protege la legitimidad del coaching como disciplina y establece la conducta esperada en las relaciones con clientes, empresas, colegas y la sociedad en general.

Principios fundamentales del coach profesional.

  • Integridad y conducta ética: actuar con honestidad, coherencia y respeto en todas las interacciones profesionales.
  • Confidencialidad estricta: resguardar la información del cliente, salvo obligación legal o riesgo inminente.
  • Respeto a la autonomía: reconocer al cliente como protagonista de su proceso, sin imponer ni aconsejar.
  • No directividad: facilitar aprendizaje y exploración a través de preguntas, no de soluciones prefabricadas.
  • Transparencia: acordar desde el inicio honorarios, condiciones, duración y alcances del proceso.
  • Competencia profesional: ejercer dentro de los propios límites y mantener formación y supervisión continua.
  • Equidad e inclusión: acompañar sin discriminación por género, edad, cultura, orientación sexual, religión, condición social o capacidades.
  • Responsabilidad social: contribuir al prestigio y legitimidad del coaching, favoreciendo el desarrollo humano y organizacional.

Conducta profesional.

El coach profesional de la ACP se compromete a:

  • Respetar los acuerdos de confidencialidad, generando un espacio seguro y de confianza.
  • Mantener altos estándares de calidad y actualización, aplicando siempre las competencias ACP.
  • Comunicar con claridad sus servicios y evitar promesas irreales o expectativas manipuladas.
  • No intervenir en problemáticas clínicas o terapéuticas, derivando cuando corresponda a profesionales de la salud o especialistas.
  • No discriminar bajo ningún motivo en sus prácticas profesionales o sociales.
  • Respetar la propiedad intelectual de otros profesionales y citar adecuadamente cualquier recurso utilizado.
  • Delimitar la relación coach–coachee a través de acuerdos claros que establezcan objetivos, reglas y responsabilidades.
  • Actuar con presencia, escucha activa y apertura, favoreciendo el autodescubrimiento del cliente.
  • Ejercer con humildad y autoconciencia, reconociendo limitaciones y buscando apoyo o supervisión cuando sea necesario.
  • Promover la dignidad y el reconocimiento del coaching como profesión ante la sociedad.

Acuerdo de confidencialidad.

El coach de la ACP reconoce que la confidencialidad es pilar del coaching.

  • Ninguna información compartida en sesión será divulgada sin el consentimiento expreso del cliente, salvo obligación legal o riesgo para la vida o integridad de la persona.
  • El respeto por la privacidad del cliente se extiende a todo tipo de registros escritos, digitales o verbales.
  • El incumplimiento de este principio constituye una falta ética grave.

Responsabilidades del Coach.

El coach profesional de la ACP acepta y se compromete a:

  • Clarificar objetivos, límites y reglas de cada proceso.
  • Establecer contratos o acuerdos claros y respetarlos.
  • Mantener confianza, equidad y respeto absoluto hacia cada cliente.
  • Permanecer presente en las sesiones, sosteniendo un diálogo abierto, honesto y respetuoso.
  • Asumir la responsabilidad ética de acompañar procesos con profesionalidad, evitando juicios y etiquetas.
  • Reconocer al cliente como un ser completo, creativo y capaz de encontrar sus propios recursos y respuestas.
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